Elizabeth Torres

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Caso Elizabeth Torres: Trabaja, no cobra y el Apelativo sigue en suspenso

Consulta a Oficina Ética Gubernamental

martes 24 de octubre de 2023

por: Santiago Gabrielini

La delegada congresional Elizabeth Torres, quien fuera destituida de su cargo en junio de 2023, por orden del Tribunal de Primera Instancia, por alegadamente incumplir en los deberes y responsabilidades de su cargo electivo, se mantiene en sus funciones en espera de una determinación del Tribunal de Apelaciones en torno a su inusual caso.


Son seis las posiciones electivas para delegado congresional, y todos realizan la misma función de, según sus criterios. adelantar la estadidad.
Torres fue la delegada congresional electa por el pueblo al amparo de la Ley 167 de 2020, con la mayor cantidad de votos. 


Sin embargo, entró en desgracia por expresarse en contra del rumbo que lleva el Partido Nuevo Progresista (PNP) y la visión de gobierno de Pedro Pierluisi, quien a través del secretario de Justicia, Domingo Emanuelli inició un proyecto de destitución utilizando los recursos del estado.
Cabe destacar que en conformidad con dicha ley los delegados no responden a los designios de ningún partido y deben presentar al gobernador de turno un informe de su gestión cada tres meses.

En días recientes la delegada sometió una consulta a la Oficina de Ética Gubernamental (OEG) a la cual este medio NUEVAISLA.com tuvo acceso.

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 Sigue siendo delegada electa y somete consulta a Ética sobre su salario:

La destitución de Torres en sentencia emitida por el juez Anthony Cuevas quedó en suspenso hasta que Apelaciones se pronuncie.


Mientras eso sucede, Torres se ha mantenido en sus funciones realizando las tareas inherentes del trabajo para el que fue electa.


La delegada sometió el pasado 14 de octubre de 2023 una consulta ante la Lcda. Massiel Hernández Tolentino, Directora Auxiliar del Área de Asesoramiento Jurídico y Litigación de la Oficina de Ética Gubernamental.


En el documento, Torres expresa: “Al momento de esta consulta me mantengo fungiendo como delegada electa, realizando reuniones, elaborando y ejecutando estrategias tanto en la isla como en la nación y entregando todos los informes que exige la ley habilitadora.


Ante esta realidad, mi pregunta es la siguiente: ¿puede el Director Ejecutivo de la Administración de Asuntos Federales de Puerto Rico en Washington (PRFAA), oficina encargada de enviar los pagos de sueldo correspondientes a cada delegado, ejecutar, motu propio, una sentencia no ejecutable y proceder a detener los pagos de mi sueldo como delegada? Partiendo de la premisa de que la OEG está impedida por ley de ejecutar dicha sentencia en un caso civil, así como tampoco puede hacerlo la Oficina del Contralor Electoral para la cual continúo rindiendo informes financieros trimestrales, en caso afirmativo a mi pregunta anterior, ¿de dónde emana la autoridad legal de este funcionario nombrado por el gobernador para detener el pago de mi sueldo como funcionaria electa?”, señala la delegada.


De igual manera, en su argumentación inicial, Torres señala las irregularidades procesales en su caso: “El juez Anthony Cuevas del Tribunal de Primera Instancia (TPI) en San Juan emitió una sentencia en la que, dando un giro inesperado a su sentencia original en mi favor, sin haber celebrado juicio o brindarme las garantías constitucionales de un debido proceso de ley, ordenó mi destitución como delegada congresional electa en las urnas”, indicó la funcionaria.
La joven delegada pone en relieve el marco partidista, de donde emana lo que califica como una “intensa, abierta y desfachatada agenda de descrédito y persecución ideológica”.


En ese sentido, Torres expresó:
“Además, es igualmente conocido públicamente que el mencionado caso civil para solicitar mi destitución como funcionaria electa mediante la vía judicial es la cúspide de una intensa, abierta y desfachatada agenda de descrédito y persecución ideológica en mi contra por parte del presidente del Partido Nuevo Progresista (mi partido) y gobernador de Puerto Rico, Pedro Pierluisi Urrutia, así como de varios de sus líderes, mediante el uso abusivo de varias agencias y ramas gubernamentales así como de su privilegiado acceso a los medios. ¿La razón? Mis inamovibles posturas conservadoras-republicanas y los punzantes señalamientos contra la corrupción, desidia y engaños de la colectividad, particularmente en torno al manejo engañoso del tema de la estadidad para la isla. Sin duda, este fabricado caso en mi contra quedará como muestra inequívoca del nivel de corrupción que existe en el partido en el que milité por 25 años”, destacó Torres en su consulta.

Ley cuestionable y falsa percepción:

Muchos ciudadanos creen que los delegados congresionales responden a los mandatos del PNP, y lo cierto es que son personas naturales que por ley no responden a partido alguno ni están obligados a hablar favorablemente del PNP o de ninguna otra colectividad.
No poseen supervisor ni lugar específico de trabajo ni hora de entrada o salida.
La Ley 167 de 2020, conocida como “Ley para crear la Delegación Congresional de Puerto Rico”, no excluye electores ni afiliación a partido alguno en la votación para seleccionar los delegados, en una elección abierta para todo elector hábil puertorriqueño.
Estos delegados o cabilderos de la estadidad, son producto de esta controvertida y cuestionable ley, que no representa los intereses de todos los puertorriqueños, y que busca empujarle la estadidad a ciudadanos de ideología independentista y estadolibrista, quienes también vienen obligados a pagar costos y salarios de estos funcionarios.

Apelación con fundamento jurídico:

Para aquellos que no lo recuerdan, en este caso el Tribunal de Primera Instancia (TPI) inicialmente falló a favor de Torres al desestimar la demanda del gobierno de Pierluisi, indicando que se trataba de “una cuestión política en el cual los tribunales no deben inmiscuirse”.


Posteriormente, el Tribunal de Apelaciones (TA) revocó al TPI indicando que la controversia planteada es justiciable y no constituye una cuestión política, por lo que el TPI erró en su decisión.


En su sentencia el TA determina que: “Es el Poder Ejecutivo quien toma la decisión de destituir al delegado especial, y los tribunales se aseguran de que dicha destitución se efectúa en cumplimiento con la ley”.


Sin embargo, la sentencia tipo “fast track” del TPI al retomar el caso, tal y como expone la defensa de Torres, el Lcdo. Michael Corona Muñoz en el recurso de apelación, fue “dictada sumariamente, sin descubrimiento de prueba, autenticación de documentos ni examen de un solo testigo”, algo inusual que no forma parte de las reglas de procedimiento civil.
La apelación cuestiona el fundamento legal de la sentencia al decretar la destitución “basada en la insatisfacción del Tribunal con uno (1) de los tres (3) Informes leídos, y parece concluir que la Ley Especial que crea los puestos de Delgados congresionales mandata su destitución si uno de los informes no satisface el criterio judicial de constituir gestiones dirigidas a alcanzar la estadidad”, reza el documento.


Corona expone que: “El TPI sostiene que basó gran parte de su sentencia en su interpretación de la determinación del Tribunal de Apelaciones revocando su Sentencia. Lo que no adjudicó el Tribunal de Apelaciones en su Sentencia es que debe decidirse este caso sin dar oportunidad a contestar la demanda y establecer sus defensas; tampoco veda el proceso de descubrimiento de prueba entre las partes; no prohíbe la celebración de una vista donde se pase prueba documental y testifical; y finalmente no impide que el Tribunal de Primera Instancia permita a las partes confrontarse con los testigos en su contra ni prestar testimonio en su defensa”, señala en su argumentación la defensa.

Al cierre de esta edición el Tribunal de Apelaciones mantiene en suspenso su determinación, algo que ha levantado suspicacias, por ser este un caso de alto interés público y tratarse de un funcionario electo por el pueblo.

El autor es periodista acreditado por el Departamento de Estado de Puerto Rico

Miembro de la Asociación de Periodistas de Puerto Rico (ASPPRO)
Miembro de la Asociación Nacional de Periodistas Hispanos (NAHJ) Washington DC